| Ozono - RESIDUOS PATÓGENICOS |
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Planta Ecológica Integral para el Tratamiento de Residuos Patológicos, por Cámara Hiperbárica Ozonizada.
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Las leyes y normativas vigentes que imperan en el ámbito nacional sobre el tratamiento y deposición final evitan que éstos, tanto sean sólidos, semisólidos, líquidos o gaseosos, afecten biológicamente -en forma directa o indirecta- a los seres vivos y/o causen contaminaciones que hagan peligrar nuestro suelo, aguas o atmósfera. El espíritu de la ley, es el correcto. Por otro lado, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de sus atribuciones, impide la incineración de los mismos, como además entregar sus residuos capitalinos a empresas que utilicen estos tratamientos. El espíritu de la ley, en este caso, está dirigido a proteger, los ambientes provinciales, por cuanto la Ciudad de Buenos Aires, es el primer generador de estos residuos. También, en este caso el espíritu de la ley, es el correcto. Las leyes nacionales o de nuestros estados provinciales, reflejan claramente, que estos desperdicios, deben ser tratados por métodos ideados para mejorar las características físicas y de manipulación, eliminando su potencial peligroso o infeccioso, reducir su volumen, volver irreconocible los desechos - principalmente los patológicos- e impedir la inadecuada reutilización de aquellos que pudieran ser reciclables. Con respecto a los deshechos líquidos, nos indica que no pueden ser arrojados al sistema cloacal, suelo, o vertido a corrientes acuosas, sin antes ser tratados. Por lo tanto un generador -único responsable del desecho hasta su deposición final- debe cumplimentar por sí, o por terceros, estos axiomas de responsabilidad. Las leyes, facultan a los generadores a poseer "UNIDADES DE TRATAMIENTO", calificándolas como todo dispositivo, equipo o mecanismo individual o unitario, tendiente al tratamiento de residuos patogénicos -sólido, semisólido, liquido o gaseoso- propio de su establecimiento asistencial y que asegure su inocuidad. La ley, no indica la tecnología o método que se desea utilizar, indica claramente que el resultado final, y los pasos intermedios, se ajusten a las disposiciones vigentes. Las tecnologías alternativas, a la incineración, no son muchas. Para los residuos sólidos, se puede acceder a técnicas de auto clavado, microondas, oxidantes químicos y ozonólisis. |
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Para el tratamiento de los residuos líquidos, los cuales deben realizarse "in situ", las alternativas son los productos químicos oxidantes, lámpara UV o el ozono. Con referencia a contaminantes gaseosos, - olores fétidos y pútridos - las alternativas pueden ser aerosoles o vaporizadores desodorativos, o el empleo del ozono en el aire. Con referencia a los tratamientos de residuos sólidos -sin abrir juicio de valores con respecto a su efectividad final- y en grado de comparación con las otras técnicas de aplicación, la ozonólisis no tiene comparación por su simplicidad, eficacia, escasa manipulación de los desperdicios, sin olores, sin molienda, escaso consumo eléctrico, bajo costo de operatividad y lo mas importante cumple con todos los requisitos legales correspondientes a, eliminar su patogeneidad, reduce los volúmenes, vuelve irreconocible los desperdicios e impide la inadecuada reutilización de los mismos. Además, puede detectarse cada bolsa que es procesada, en forma inmediata, para los fines de inspección por el generador y la sección interna del mismo. El resultado final, es un encapsulado, de cada bolsa tratada, que puede ser utilizado como relleno sanitario o como elemento calcáreo, similar al de la construcción. Como se podrá apreciar, unicamente el ozono, utilizado como agente activo, puede resolver las disposiciones ambientales, en los tres estados contaminantes. En una breve síntesis, el modulo de tratamiento consiste principalmente, que la bolsa de residuos, sea la principal fuente de desactivación. La misma, al ingreso del recinto de tratamiento, donde va indicado el nombre del generador o su código y el sector en donde proviene la bolsa roja de 120 micrones, es adosada a ésta, una tira indicadora de esterilización, la cual virará al color deseado cuando la esterilización se realice en la cámara Hiperbárica de aplicación. Con respecto, a los tratamientos de deshechos líquidos, de los centros asistenciales, este puede efectuarse, en la precámara aséptica del establecimiento, adosando un burbujeo enérgico, por medio de un simple generador de ozono, reflejando el grado de concentración necesario y su tiempo de contacto. Con referencia a los olores contaminantes en el aire, un simple generador, especifico al volumen a desinfectar, es un aliado inmejorable, de fácil realización. ETAPAS PLANTA PARA EL TRATAMIENTO DE RESIDUOS PATOLÓGICOS
CÁMARA ECOLÓGICA INTEGRAL
Diagramada según los principios de ozonólisis anteriormente descriptos ![]() |
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